Resolución de 17 de noviembre de 2021 por la que se amplía el plazo de vigencia de determinadas inscripciones del Registro de Socorristas de la Comunidad de Madrid.

Resolución de 17 de noviembre de 2021. Con la entrada en vigor de la nueva Orden 1239/2021, de 30 de septiembre de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid por la que se establecen los requisitos de formación mínimos para desempeñar el trabajo de Socorrismo Acuático de la Comunidad de Madrid. Se ha eliminado el Reciclaje Bianual de los Cursos de Socorrista, no teniendo opción de realizar el reciclaje, y el Socorrista teniendo que realizar un Curso de Socorrismo completo nuevamente, pero esta vez con validez indefinida. 

Es decir, todos los títulos de Socorrista en Piscinas e Instalaciones Acuáticas realizados a partir del 19 de octubre de 2021, realizados en Escuelas de Formación con Proyecto Docente en vigor, tendrán la consideración de Títulos sin caducidad.

Si tienes tu título de Socorrista en Piscinas e Instalaciones Acuáticas con Registro en Vigor en el Registro de Profesionales Sanitarios de la Comunidad de Madrid, y está próximo a vencer. Tienes diferentes alternativas en el momento actual, solicitud de prórroga o aprovechar la oportunidad y Sacar el Título de Socorrista INDEFINIDO al mejor precio, si tienes dudas y necesitas que te ayudemos personalmente, puedes ponerte en contacto con nosotros a través del Formulario de Contacto o en nuestro teléfono 91 141 96 08

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El 30 de noviembre de 2021, se ha publicado en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid 

La Resolución para la ampliación de las inscripciones en el Registro de Profesionales Sanitarios de la Comunidad de Madrid. A continuación te detallamos lo más relevante de esta Resolución:

Al haberse suprimido la obligación de encontrarse inscrito en el Registro de Profesionales Sanitarios de la Comunidad de Madrid para el ejercicio del socorrismo acuático, la disposición transitoria única permite mantener las inscripciones vigentes a la entrada en vigor de la nueva Orden 1239/2021 durante los dos años siguientes a la fecha de inscipción.

Sin embargo, puede darse la circustancia de que haya personas cuya inscripción en el Registro de Profesionales Sanitarios de la COmunidad de Madrid citado venza, por haber transcurrido los dos años previstos en dicha disposición transitoria, en fechas próximas a la entrada en vigor de la Orden 1239/2021, sin tiempo para poder obtner ninguna de las titulaciones previstas en el artículo 2.1, ni para realizar el Curso de Socorrismo en Piscinas e Instalaciones Acuáticas contemplados en el artículo 2.2 de la Orden 1239/2021, de 30 de septiembre.

Resolución de 17 de noviembre de 2021, de la Directora General de Investigación, Docencia y Documentación.

Esta caducidad de la inscripción puede conllevar una disminuación en el número de Socorristas en Piscinas habilitados para el ejercicio profesional, profesionales que siguen siendo necesario para cubrir la demanda en las piscinas, instalaciones acuáticas y medio natural de la Comunidad de Madrid.

La aprobación de la Resolución se fundamente, por tanto, en la necesidad de garantizar la seguridad y salud de todos los ciudadanos, mediante la disponibilidad de un número suficiente de profesionales de socorrismo acuático, formados y acreditados en la Comunidad de Madrid, para poder dar cumplimiento a la exigencia del artículo 20 del Decreto 80/1998, de 14 de mayo, por la que se regulan las condiciones higiénico- sanitarias de piscinas de uso colectivo, y de esta forma garantizar que puedan seguir desarrollando su actividad profesional como Socorristas.

Por lo que debido a la Resolución de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid se eestablece que:

La validez de la inscripciones del Registro Profesional de Socorristas de la Comunidad de Madrid, tanto de piscinas e instalaciones acuáticas, como de medio natural, cuyo periodo de vigencia venza durante los seis meses siguientes a la entrada en vigor de la Orden 1239/2021, de 30 de septiembre, quedará automáticamente prorrogada hasta un plazo máximo de un año desde la fecha dlel vencimiento inicial de la inscripción.

ESTA RESOLUCIÓN  SURTIRÁ EFECTIVOS DESDE EL DÍA 19 DE OCTUBRE DE 2021, fecha de entrada en vigor de la Orden 1239/2021, de 30 de septiembre.

Desde Esep Formación, como empresa de formación acreditada por la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid, impartimos Curso de Socorrista en Piscinas e Instalaciones Acuáticas conforme a la nueva normativa Orden 1239/2021, de 30 de septiembre.

Por la que todos nuestros Cursos de Socorrismo son títulaciones válidas para ejercer como Socorrista en Piscinas e Instalaciones Acuáticas.

Si tienes alguna duda con esta nueva normativa, por favor, ponte en contacto con nosotros y te ayudamos de forma personalizada, puedes ponerte en contacto con nosotros a través del teléfono 91 141 96 08, o rellenando el formulario de contacto  que puedes encontrar a la derecha.