Socorrismo en Parques Acuáticos

Socorrismo en Parques Acuáticos

FUNCIÓN DEL SOCORRISTA EN UN PARQUE ACUÁTICO

Hay muchos lugares donde un socorrista puede desempeñar su función, piscinas comunitarias, privadas, públicas, playas, pantanos, etc. Pero hoy nos vamos a centrar en una de las instalaciones más utilizadas en época estival: Los parques acuáticos.

A continuación veremos:

  • Parque acuático: concepto
  • Particularidades de trabajar en una instalación con esas características.
  • Conclusión
PARQUE ACUÁTICO: CONCEPTO

Según el Decreto 128/1989, de 20 de diciembre, por el que se regulan las condiciones higiénico-sanitarias de los parques acuáticos se considera un parque acuático al recinto cuyo objeto principal es el uso de diversas atracciones recreativas en las que entra en juego el contacto con el agua. Dentro de esto no se incluyen piscinas que solo estén destinadas a la natación y al baño de usuarios, ya que en ese caso se regirán por lo indicado en la Orden de 25 de mayo de 1987 de la Consejería de Salud y bienestar social, y la orden 31/1988 de la consejería de salud.

PARTICULARIDADES DE TRABAJAR EN UNA INSTALACIÓN CON ESAS CARACTERÍSTICAS

  • Todo parque acuático deberá disponer de un servicio de asistencia sanitaria.
  • Deberá estar señalizado y comunicado correctamente.
  • El servicio de asistencia debe estar disponible desde que se realiza la apertura de las instalaciones hasta el cierre de las mismas.
  • Este servicio médico deberá contar independientemente de la afluencia de público que haya, con un médico y un enfermero. No obstante, si el número de visitantes es mayor a 6000 deberá haber otro enfermero.
  • Este servicio médico deberá disponer de medicación y material sanitario según se regula en este decreto.
  • Deberá disponer de un servicio de ambulancia
  • Es fundamental que exista un registro sanitario firmado y fechado.
  • En cada uno de los vasos deberá estar un socorrista. El mínimo de socorristas será uno hasta 500 m2 de lámina de agua, dos socorristas entre 500 y 100 m2, y a partir de cada 1000 m2 de exceso, un socorrista más.
  • En el caso de piscinas de olas el número de socorristas será de uno más.
  • Todo el personal deberá ir perfectamente identificado, uniformado, y deberán velar por el correcto uso de las atracciones, comprobando que las personas que accedan a las mismas cumplan los requisitos necesarios para utilizarlas, y regulando el acceso a las mismas.
  • Los parques acuáticos deberán tener además elementos de rescate y asistencia como aros, perchas, latas de rescate, tableros espinales, camillas, etc.

En España podemos encontrar múltiples parques acuáticos, a continuación os dejamos algunos ejemplos: